Desde este viernes 6 de noviembre de 2026, las autoridades de tránsito de Manizales pueden imponer sanciones a quienes conduzcan patinetas eléctricas y otros vehículos de micromovilidad sin cumplir la normativa nacional. La medida comienza al terminar el periodo pedagógico de tres meses, que finalizó el jueves 5 de noviembre.
Qué cambió con el fin del periodo pedagógico en Manizales
El periodo pedagógico estaba previsto en la Resolución 20263040030675 del 4 de agosto de 2026, del Ministerio de Transporte, que reglamenta aspectos de la Ley 2486 de 2025 sobre vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana. La Secretaría de Movilidad de Manizales aclaró que ese periodo no suspendió la vigencia de la ley ni de las demás normas de tránsito.
Requisitos para circular en patineta eléctrica
Según la información publicada, el vehículo debe tener frenos que actúen sobre todas las ruedas, luz blanca delantera y luz roja trasera, avisador acústico, indicador de velocidad y batería, luces direccionales y un limitador de velocidad que no pueda manipularse. Algunos de estos elementos no aplican a los monociclos eléctricos.
El conductor debe usar casco certificado conforme a la Resolución 1080 de 2019. Para bicicletas eléctricas clasificadas en esta categoría se permite un casco de bicicleta con certificación técnica del país de origen del fabricante, mientras se definen nuevas especificaciones. Además, entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m. es obligatoria una prenda retrorreflectiva que cubra pecho y espalda y no quede oculta bajo morrales o chaquetas.
Multas e inmovilización en Manizales
La Ley 2486 de 2025 contempla una multa equivalente a seis salarios mínimos legales diarios vigentes para determinadas infracciones, como circular por los andenes, superar los límites de velocidad, conducir sin casco, no usar la prenda reflectiva en el horario obligatorio o circular sin iluminación delantera y trasera. La nota no indica el valor en pesos.
También puede haber inmovilización del vehículo, por ejemplo al conducir sin casco, incumplir la edad mínima o hacerlo bajo los efectos del alcohol o de sustancias psicoactivas. La Secretaría aclaró que la sanción depende de la infracción y de lo que disponga expresamente la ley. La fecha de compra no es una excepción automática: los propietarios deben verificar su vehículo y consultar al fabricante o comercializador si requiere adaptaciones.
Risaralda Opina recoge esta información como servicio para los usuarios de Manizales y Caldas.
Con la norma ya en aplicación, ¿está usted preparado para cumplir los requisitos?
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